El populismo barato no afloja.
Publicado: Jue, 24 Ago 2017, 19:33
Leamos esta noticia:
https://www.clarin.com/ciudades/nuevo-r ... KLhOZ.html
Prima facie, y sin detenerse demasiado a analizar la cuestión, pareciera algo positivo. Pero ahora les propongo salir de la mera "charla de café" y analizar la cuestión desde el punto de vista jurídico.
La Legislatura de la CABA aprobó una ley para que los inquilinos no paguen más la comisión de los alquileres. Habría que explicarle a los legisladores porteños que el alquiler de un inmueble es una cuestión civil, y pedirles que por favor lean el artículo 75 de la Constitución Nacional:
CAPITULO CUARTO
Atribuciones del Congreso
Artículo 75.- Corresponde al Congreso:
12. Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, -etc.-
En términos jurídicos, una cuestión civil es aquella en la cual tienen parte dos o más sujetos de derecho (personas) de las cuales ninguna es el Estado (*). Esto es el caso típico de un contrato de locación. Alvarez le alquila a Borges un inmueble, en las condiciones que ambos pactan. Y si a cualquiera de ellos no les conviene, pues bien, pueden buscar otra persona con la cual contratar. De inquilinos y de inmuebles vacíos está lleno. Alvarez no está obligado a contratar con Borges.
Dictar una ley de aplicación local (la legislatura porteña dicta leyes que son de aplicación únicamente en la CABA) que imponga condiciones a un contrato de locación, es un delirio jurídico termonuclear, es como si -por ejemplo- la legislatura de Catamarca aprobara la pena de muerte para determinado delito. No se puede, está expresamente prohibido por la Constitución Nacional.
No sé entonces cual será el sentido de hacer eso, que a todas luces es inconstitucional, pero calculo que bien puede ser con intención propagandística, justo ahora que estamos en vísperas de elecciones... eso sí: el vulgo, encantado.
(*) esto no es exactamente así, ya que en determinados casos aunque el Estado sea parte, una determinada cuestión también puede ser civil. Está explicado de esa manera para facilitar la comprensión de la idea.
Saludos... Gabriel...
https://www.clarin.com/ciudades/nuevo-r ... KLhOZ.html
Prima facie, y sin detenerse demasiado a analizar la cuestión, pareciera algo positivo. Pero ahora les propongo salir de la mera "charla de café" y analizar la cuestión desde el punto de vista jurídico.
La Legislatura de la CABA aprobó una ley para que los inquilinos no paguen más la comisión de los alquileres. Habría que explicarle a los legisladores porteños que el alquiler de un inmueble es una cuestión civil, y pedirles que por favor lean el artículo 75 de la Constitución Nacional:
CAPITULO CUARTO
Atribuciones del Congreso
Artículo 75.- Corresponde al Congreso:
12. Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, -etc.-
En términos jurídicos, una cuestión civil es aquella en la cual tienen parte dos o más sujetos de derecho (personas) de las cuales ninguna es el Estado (*). Esto es el caso típico de un contrato de locación. Alvarez le alquila a Borges un inmueble, en las condiciones que ambos pactan. Y si a cualquiera de ellos no les conviene, pues bien, pueden buscar otra persona con la cual contratar. De inquilinos y de inmuebles vacíos está lleno. Alvarez no está obligado a contratar con Borges.
Dictar una ley de aplicación local (la legislatura porteña dicta leyes que son de aplicación únicamente en la CABA) que imponga condiciones a un contrato de locación, es un delirio jurídico termonuclear, es como si -por ejemplo- la legislatura de Catamarca aprobara la pena de muerte para determinado delito. No se puede, está expresamente prohibido por la Constitución Nacional.
No sé entonces cual será el sentido de hacer eso, que a todas luces es inconstitucional, pero calculo que bien puede ser con intención propagandística, justo ahora que estamos en vísperas de elecciones... eso sí: el vulgo, encantado.
(*) esto no es exactamente así, ya que en determinados casos aunque el Estado sea parte, una determinada cuestión también puede ser civil. Está explicado de esa manera para facilitar la comprensión de la idea.
Saludos... Gabriel...