letra chica gnc en poliza de seguro
Publicado: Vie, 18 Ene 2013, 07:45
Buenos Días
En Diciembre me llego la renovacion de la póliza de la companía de seguros la caja y con algunos cambios a saber.
"El asegurador No indemnizará los siguientes siniestros producidos y /o sufridos por el vehículo y/o su carga"
En la parte Daños al vehiculo 2.1 pinto 7; Incendio 2.1 punto 6; robo o hurto 2.1 punto 5. :
"Cuando el vehículo haya sido adaptado para ser propulsado por gas natural comprimido (GNC)." Sin mas aclaraciones.
Lo extraño es que para la parte de Responsabilidad civil, como clausula adicional si aclaran explicitamente que "el asegurador consiste en cubrir el vehiculo amparado por esta póliza , siempre que el asegurado acredite fehacientemente mediante la documentacion que a tales efectos establece la resolucion ENARGAS Nº 2603/02... que el equipo de adaptacion para la propulsión por GNC y su instalación en la aunidad objeto, responden a las normas y especificaciones técnicas establecidas en la mencionada resolución o similares.
Esta ultima clausula no deberia ser general o comun a todos los riesgos cubiertos, R.Civil, Daños, Incendio, Robo Hurto?
Yo entiendo que en caso de Responsabilidad civil estare cubierto pero en los demas casos de Daños, Incendio, o Robo o Hurto de aceptar esta poliza estoy descubierto.
Hace un año cambie a la caja porque casualente no tenian esa letra chica en cuanto al GNC, y en la póliza de nacion seguros si la tenian y sin ninguna aclaración, ni siquiera para la R.civil. Tambien pase de pagar en ese momento de 280 en Nacion Con clausula del 20% a 550 en la caja con clausula del 80%.
Ustedes que opinan?
Gracias.
En Diciembre me llego la renovacion de la póliza de la companía de seguros la caja y con algunos cambios a saber.
"El asegurador No indemnizará los siguientes siniestros producidos y /o sufridos por el vehículo y/o su carga"
En la parte Daños al vehiculo 2.1 pinto 7; Incendio 2.1 punto 6; robo o hurto 2.1 punto 5. :
"Cuando el vehículo haya sido adaptado para ser propulsado por gas natural comprimido (GNC)." Sin mas aclaraciones.
Lo extraño es que para la parte de Responsabilidad civil, como clausula adicional si aclaran explicitamente que "el asegurador consiste en cubrir el vehiculo amparado por esta póliza , siempre que el asegurado acredite fehacientemente mediante la documentacion que a tales efectos establece la resolucion ENARGAS Nº 2603/02... que el equipo de adaptacion para la propulsión por GNC y su instalación en la aunidad objeto, responden a las normas y especificaciones técnicas establecidas en la mencionada resolución o similares.
Esta ultima clausula no deberia ser general o comun a todos los riesgos cubiertos, R.Civil, Daños, Incendio, Robo Hurto?
Yo entiendo que en caso de Responsabilidad civil estare cubierto pero en los demas casos de Daños, Incendio, o Robo o Hurto de aceptar esta poliza estoy descubierto.
Hace un año cambie a la caja porque casualente no tenian esa letra chica en cuanto al GNC, y en la póliza de nacion seguros si la tenian y sin ninguna aclaración, ni siquiera para la R.civil. Tambien pase de pagar en ese momento de 280 en Nacion Con clausula del 20% a 550 en la caja con clausula del 80%.
Ustedes que opinan?
Gracias.