Mensajepor reyleon » Dom, 01 Jul 2012, 11:41
En resumidas explicaciones, veo el asunto de la siguiente manera:
El Art. 18 de la Constitución Nacional nos garantiza la defensa en juicio. Esto significa que siempre que se nos esté juzgando tenemos derecho a hacer el descargo que estimemos conveniente, y como contracara de la misma moneda, la autoridad que nos juzga tiene la obligación de aceptar nuestro descargo.
Pero resulta impráctico que, por ejemplo, tengamos que hacer miles de kilómetros para presentar nuestro descargo, por lo cual la autoridad que nos está juzgando debería ofrecernos la alternativa de hacerlo de una manera más práctica.
No debemos perder de vista que en materia penal, la sanción (en este caso, la multa) debe ser la última alternativa, máxime en el particular caso de infracciones a las normas de tránsito, donde su inobservancia pone en peligro vidas humanas.
Pero además, si se pretende sancionar una año después de supuestamente haberse cometido una infracción de un tipo que pasó por Pampayasta Sud con las luces apagadas, se está perdiendo de vista el norte de la sanción penal, que es ayudar a convencer (dentro de lo posible, por las buenas) a la gente de lo bueno que resulta cumplir las normas, en pos del respeto hacia los integrantes de la sociedad con quienes convive.
Máxime tratándose en el caso de que la sanción es multa (solucionamos el tema desembolsando $$$) y de que hasta la misma acta la podés pagar en un "Pago Fácil" y chau, se pone en evidencia que el espíritu de la misma no es ayudar a convencer a la gente de lo bueno que resulta cumplir las normas, sino lisa y llanamente que la Municipalidad haga caja.
El error está en saltar como leche hervida cuando las esquirlas de la granada nos salpican a nosotros de manera directa. Es decir, vivimos en un país donde -por diversas circunstancias que no viene al caso analizar- la seguridad jurídica es inexistente. Donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordena cosas y el gobierno se las pasa por las bolas. Donde la misma CSJN debería intervenir ante cuestiones que (derecho mediante) afectan el funcionamiento institucional del Estado, y mil situaciones por el estilo.
En ese contexto, el planteo "la municipalidad de Pampayasta Sud me mandó una fotomulta, que hagooooooo??????" suena hasta risueño, por lo planteado en el párrafo precedente.
Muy tristemente, nuestro país se ha transformado en un "sálvese quien pueda, de la manera que pueda", donde a nadie parece soprenderle (ni aún calentarle) cuando vemos piquetes, disturbios, afanos, drogas, corrupción (nuestro Vicepresidente de la Nación está firmemente sospechado en una causa por corrupción en perjuicio del Estado, o sea, de todos nosotros), etc., entonces, el tema de la fotomulta de Pampayasta Sud pasa a ser un tema hasta trivial. El problema es mucho mas profundo de lo que vemos con los ojos.
Reflexiones doctrinarias de muy bajo nivel, de un domingo a la mañana...
Saludos... Gabriel...
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